Los sancionados por mala gestión pública podrán presentarse a las elecciones

 Para nosotros la causa principal de lo que está pasando en España ,es que el sistema esta diseñado para obtener votos a corto plazo, sin que a nadie importe el bien general a largo plazo. Y ademas, los políticos no quieren cambiar nada para protegerse entre ellos.

También los medios se centran solo en el corto plazo. No les interesa nada seguir el impacto a largo plazo de decisiones tomadas por ex-ministros…

Y como hay impunidad, cualquier incompetente se atreve a ocupar cargos de responsabilidad para los que no están preparados. Al terminar el mandato se van a casa aunque hayan hecho un daño importante a la sociedad a largo plazo. En general la Democracia es el menos malo de los sistemas, pero es muy mejorable. Y una de las principales mejoras es que no puedan acceder a altos puestos de responsabilidad gente no cualificada, y que no sean impunes de sus actos

ESTA PASANDO!

 Las infracciones de una formación política prescribirán a los cuatro años. El Tribunal de Cuentas acumula un retraso de cinco años en su fiscalización.

El Boletín Oficial del Estado publicó el pasado 23 de octubre una reforma de la ley de financiación de partidos que, según su nuevo articulado, permitirá al Tribunal de Cuentas imponer sanciones a las formaciones que cometan infracciones «muy graves» –aceptar donaciones por encima del límite, no presentar las cuentas sin justificación o superar el límite de gasto electoral, entre otras–.

Estas sanciones, sin embargo, no llegarán a hacerse efectivas,  ya que la misma norma dice que «el plazo de prescripción de las infracciones será de cuatro años, a contar desde el momento de la comisión de la infracción». Si tenemos en cuenta que el Tribunal de Cuentas mantiene un retraso de cinco años en sus informes de fiscalización (el último corresponde a 2007), en la práctica todas las posibles sanciones habrán prescrito.

  • Se suprime esta prohibición en el proyecto de ley por una enmienda
  • Ésta advertía de que se aludía a una ley no aprobada aún en el Parlamento

 Via Efe | Madrid

  incluido durante la reunión a puerta cerrada de la ponencia de la Comisión de Justicia que analiza dicho proyecto de ley, según fuentes del grupo socialista.

De esta forma, se ha suprimido de la norma una disposición que impedía concurrir a las elecciones a aquellos sancionados por la vía administrativa por la comisión de infracciones muy graves reguladas en la ley de transparencia.

Según la justificación de la enmienda, esta disposición no sólo podría resultar anticonstitucional, sino que además incurre en «deficiencia técnica» al hacer referencia a la ley de transparencia, que aún no ha sido aprobada por el Parlamento.

Según las mismas fuentes, la ponencia también ha incluido en el texto otra enmienda que modifica el título del proyecto de ley, que pasaría a ser de modificación del Código Penal «en materia de lucha contra el fraude fiscal, a la Seguridad Social y otros delitos».

Por otra parte, el grupo parlamentario popular ha rehusado confirmar si la ponencia ya ha incorporado sus enmiendas al texto, entre las que se incluye una disposición adicional para aclarar los efectos de la regularización de activos ocultos.

Dicha enmienda especifica que las rentas afloradas se entenderán declaradas en tiempo y forma «dentro del plazo establecido en la normativa de cada tributo respecto de cada periodo impositivo en el que deban imputarse», lo que evitará que sean investigadas. Con ello, según justifica el PP, se pretende reforzar la seguridad jurídica y eliminar cualquier duda interpretativa al respecto «a pesar de que se trata de una cuestión implícita en la propia regulación».

Otra de las enmiendas del grupo popular aclara la opción de eludir la sanción para aquellos que hayan recibido una subvención o ayuda de forma indebida siempre que realicen el reintegro de la misma.

La enmienda explica que se entenderá realizado el reintegro cuando se lleve a cabo «antes de que se haya notificado la iniciación de actuaciones de comprobación o control» sobre las subvenciones recibidas.

Además, detalla que la cuantía a devolver incluirá «el interés de demora aplicable en materia de subvenciones» en vez de «el interés legal del dinero aumentado en dos puntos porcentuales», como hasta ahora señalaba el texto, con el fin de simplificar el régimen jurídico.